ABOGADOS DE DERECHO CIVIL EN ZARAGOZA

IBERFINCAS & TECNOFINCAS S.L.

Derecho civil en Zaragoza

En Grupo Iberfincas entendemos la complejidad del derecho civil y cómo puede afectar a nuestras vidas. El derecho civil cubre una amplia variedad de temas legales, desde contratos y obligaciones, hasta daños y perjuicios, pasando por responsabilidad civil y derecho de familia.

Se trata de un conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones entre las personas físicas y jurídicas en su vida cotidiana. Este campo abarca muchas áreas legales, incluyendo contratos, propiedad, responsabilidad civil, sucesiones y derecho de familia.

El derecho civil es una rama del derecho que se ocupa de regular las relaciones jurídicas entre las personas en su vida cotidiana. Se centra en los derechos y obligaciones de los individuos en su vida personal, familiar y patrimonial. El derecho civil abarca un amplio espectro de áreas legales, como el derecho de familia, el derecho de sucesiones, el derecho de contratos, el derecho de propiedad y el derecho de obligaciones.

El objetivo principal del derecho civil es proporcionar un marco legal que proteja los derechos e intereses de las personas y promueva la convivencia pacífica y justa en la sociedad. Esta rama del derecho establece las normas y regulaciones que rigen las relaciones entre los individuos y garantiza la seguridad jurídica en las transacciones y acuerdos privados.

Dentro del derecho civil, se regulan aspectos como el matrimonio, el divorcio, la custodia de los hijos, la herencia, la compraventa de bienes, los contratos de arrendamiento, las obligaciones y los derechos de propiedad. Además, el derecho civil también se encarga de regular la responsabilidad civil, es decir, las consecuencias legales que pueden surgir en caso de causar daños a otra persona.

¿Qué servicios legales ofrecemos como abogados en derecho civil en Zaragoza?

Derecho de familia: El derecho civil regula aspectos como el matrimonio, el divorcio, la separación de hecho, la filiación, la adopción, la custodia de los hijos, el régimen de visitas, la pensión alimenticia y los acuerdos prenupciales. Los abogados especializados en derecho de familia brindan asesoramiento y representación en estos asuntos, ayudando a las personas a resolver conflictos y proteger sus derechos y los de sus hijos.

Contratos: El derecho civil regula los contratos y acuerdos privados entre las partes. Los abogados especializados en derecho contractual asesoran en la redacción, interpretación y ejecución de contratos, ya sean contratos de compraventa, arrendamiento, préstamo, servicios o cualquier otro tipo de acuerdo. También brindan asistencia legal en caso de incumplimiento contractual o disputas entre las partes.

Sucesiones y herencias: El derecho civil se ocupa de los procedimientos legales relacionados con las sucesiones y las herencias. Los abogados especializados en esta área asesoran a las personas en la planificación de su patrimonio, redactan testamentos, gestionan los procesos de sucesión y representan a los herederos en la distribución de los bienes.

Derecho de propiedad: El derecho civil se ocupa de los derechos y obligaciones relacionados con la propiedad. Los abogados especializados en derecho de propiedad asesoran en la compraventa de bienes inmuebles, la constitución de hipotecas, la resolución de disputas de propiedad, los problemas de linderos y cualquier otro asunto relacionado con los derechos de propiedad.

Responsabilidad civil: El derecho civil regula la responsabilidad por los daños causados a terceros. Los abogados especializados en responsabilidad civil representan a las víctimas de daños y lesiones, brindando asesoramiento legal en la reclamación de indemnizaciones y la defensa de sus derechos.

En definitiva estamos especializados en ayudar a las personas y las empresas a resolver disputas y proteger sus intereses en asuntos civiles y de propiedad.

Preguntas frecuentes

¿Estoy obligado a facilitar mis datos personales y correspondencia a la administración cuando compro un inmueble?

Claro que sí. En realidad, es una obligación que está regulada en los apartados H e I del artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal.

He comprado un aparato de aire acondicionado. y quiero colocar el compresor en la fachada del edificio, ¿Puedo hacerlo sin el permiso de la junta de propietarios?

El artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que cada propietario de un piso o local puede modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de su propiedad siempre y cuando no afecten la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudiquen los derechos de otro propietario. Además, el propietario debe informar previamente a quien represente a la comunidad sobre estas obras.

Por lo tanto, si la modificación no afecta a los derechos de otro propietario ni a la seguridad, estructura o configuración del edificio o sus exteriores, no se requerirá la autorización de la comunidad o Junta de Gobierno. Sin embargo, si la modificación requiere que la instalación se coloque en la cubierta del edificio debido a la realidad física, entonces se requerirá la autorización de la comunidad de propietarios en una junta general, ya sea ordinaria o extraordinaria.

En caso de que la ejecución de las obras de reparación de la fachada produzca daños o perjuicios a algún propietario, este tendrá derecho a reclamar a la comunidad correspondiente.

¿Puedo renunciar a ser presidente?

En realidad, no. Aunque el artículo 13.2 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que «el nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17. 7.ª, resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al presidente en el cargo hasta que se proceda a nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial».

La junta de propietarios ha decidido arreglar la fachada, y para realizar las obras es imprescindible acceder desde mi terraza, que no podré utilizar mientras duren las mismas, ¿Puedo negarme?

Es importante señalar que las terrazas ubicadas en los últimos pisos de un edificio se consideran elementos comunes, ya que forman parte de la cubierta del edificio, aunque su uso sea exclusivo de un propietario, tal como lo establece el artículo 396 del Código Civil. Además, el propietario está obligado a permitir en su vivienda las reparaciones necesarias que exige el servicio del inmueble, así como permitir las servidumbres imprescindibles que sean requeridas para la realización de obras acordadas por la comunidad o exigidas por la ley. Así lo dispone también el artículo 9.1.C de la Ley de Propiedad Horizontal.

En caso de que la ejecución de las obras de reparación de la fachada produzca daños o perjuicios a algún propietario, este tendrá derecho a reclamar a la comunidad correspondiente.